Recomendaciones para proteger la infancia

Naciones Unidas El Comité de los Derechos del Niño publica recomendaciones  para proteger la infancia en el entorno digital

La Observación general núm. 25 (2021) relativa a los derechos de los niños en relación con el entorno digital, publicada recientemente, reúne las recomendaciones de Naciones Unidas sobre cómo los Estados deben proteger los derechos de los niños en relación con el entorno digital.

El documento, que establece directrices sobre cómo los derechos del niño se aplican al mundo digital, es el resultado de dos años de consulta participativa, impulsada desde el Comité de los Derechos con los Estados Parte, organizaciones intergubernamentales, la sociedad civil, las instituciones de derechos humanos y los niños.

Concretamente, más de 700 niños y jóvenes, de entre 9 y 22 años, provenientes de 27 países, fueron consultados sobre cómo entienden que la tecnología digital afecta sus derechos y qué medidas quieren que se tomen para protegerlos. El texto del documento comienza poniendo en valor las percepciones recabadas durante este proceso: “Los niños consultados para la presente observación general señalaron que las tecnologías digitales eran esenciales para su vida actual y para su futuro: 'Por medio de la tecnología digital, podemos obtener información de todas partes del mundo'; '[La tecnología digital] me permitió conocer aspectos importantes de mi propia identificación personal'; 'Cuando estás triste, Internet puede ayudarte a ver cosas que te alegran'”.

El documento retoma los principios generales, ya previstos en la Convención de los Derechos del Niño del año 1989, para tomarlos como guía a la hora de determinar cuáles son las medidas necesarias para garantizar la efectividad de los derechos de los niños en relación con el entorno digital:

  • No discriminación
  • Interés superior del niño
  • Derecho a la vida, a la supervivencia y el desarrollo
  • Respeto a las opiniones del niño

En su Observación general, el Comité subraya que los derechos de todos los niños deben ser respetados, protegidos y cumplidos en el entorno digital. Los niños deben tener acceso a             contenidos e información digitales apropiados para su edad y que les empoderen, procedentes de una amplia diversidad de fuentes de confianza.

"Un acceso significativo a las tecnologías digitales puede empoderar a los niños y ayudarles a realizar toda la gama de sus derechos civiles, políticos, culturales, económicos y sociales. Si estas tecnologías sólo están disponibles para algunos niños y no para otros, se producirán mayores desigualdades y se verán afectadas sus oportunidades de futuro", afirmó Luis Pedernera, presidente del Comité, de acuerdo con el comunicado de prensa difundido públicamente.

El Comité, formado por 18 expertos independientes, recomienda que los Estados adopten medidas legislativas y administrativas sólidas para proteger a los niños de los contenidos perjudiciales y engañosos y de todas las formas de violencia que se producen en el entorno digital, como el ciberbullying, la violencia de género, los ciberataques y la guerra de la desinformación. También se destacó la importancia de proteger la privacidad de los niños en todo momento, y en este sentido también aclara que toda vigilancia digital de los niños debe respetar su derecho a la privacidad realizándose con su conocimiento.

 

Puede acceder al documento completo aquí.

Puede consultar el comunicado de prensa en inglés aquí.

 

 

 

Sobre el Comité de los Derechos del Niño

El Comité de los Derechos del Niño supervisa la adhesión de los Estados Parte a la Convención sobre los Derechos del Niño y a sus Protocolos Facultativos relativos a la participación de niños en conflictos armados y a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. Hasta la fecha, la Convención cuenta con 196 Estados parte. El Comité está formado por 18 miembros que son expertos independientes en derechos humanos procedentes de todo el mundo, que actúan a título personal y no como representantes de los Estados Parte.

Texto: LIc. Komai Garabelli 

 Foto :   © UNICEF/UNI316263/Bajornas.