Ejecución de Luis XVI

El rey Luis XVI fue condenado a muerte en la guillotina por el gobierno revolucionario de la Convención, el 21 de enero de 1793, declarado culpable de "conspiración contra la libertad pública y de atentado contra la seguridad nacional" (1).
Retrato de Luis XVI

Luis XVI (1754-1793) asumió el trono de Francia en 1774, a fines de 1780 debió enfrentar una crisis ecónomica y financiera que generó enfrentamientos en el gobierno, debilitándo de tal manera su poder que precipitó el estallido revoluciónario de 1789. En julio de 1789 comienza el proceso revolucionario en Francia. En su primer etapa, el gobierno revolucionario liderado por algunos sectores de la nobleza y la alta burguesía, elaboran la Constitución de 1791, donde se establece una monarquía límitada, con un poder Ejecutivo en manos del rey y un Legislativo constituído por la Asamblea Legislativa, elegida por sufragio censatario (2).

Al llegar el año 1792, el gobierno revolucionario vivía una profunda crisis. La nobleza y el clero refractario (3), liderados por el rey y su esposa, María Antonieta, heredera del trono del imperio de Austria, se organizaban para hacer caer la revolución, en alianza con las potencias europeas absolutistas (Austria, Prusia), a quienes solicitaron la invasión a Francia.

Una serie de hechos habían puesto de manifiestó la falta de apoyo del monarca a la revolución y su complicidad con los contrarevolucionarios: en junio de 1791 se lo captura en un intento de huída por la frontera francesa hacia Austria; los vetos sucesivos a resoluciones de la Asamblea sobre la defensa de la revolución frente a la invasión y a sus enemigos internos, aumentaron las discrepancias entre ambos poderes del gobierno y los diversos grupos políticos que conformaban la Asamblea; el manifiesto del duque de Brunswik (general prusiano) declaraba que sus tropas, en territorio francés, "quieren librar al rey y a su familia del cautiverio en que los tienen los revolucionarios" (agosto de 1792).

Este manifiesto probó la complicidad del rey con la invasión y generó una insurrección popular en París contra la monarquía por pactar con el enemigo, pidiendo el destronamiento del rey. Se produce la caída de la Asamblea Legislativa, convocando a la elección, por sufragio universal masculino (4) de una Convención. Este es el fín de la Monarquía y la instauración de la República, desterrando a la realeza y a la aristocracia del poder político, la burguesía asume el gobierno con un movimiento popular armado y organizado (sobretodo en París) para la defensa de la revolución.

Es esta Convención, dividida entre Girondinos partidarios de indultar al rey y Jacobinos quienes plantean la pena de muerte, la que somete al rey a juicio desde noviembre de 1792 a enero de 1793, condenándolo a la guillotina. "La ejecución del rey, el 21 de enero de 1793, causó una profunda impresión en el país y llenó a Europa de estupor(...) dando a la Revolución su primer "mártir de la libertad" (...) La muerte del rey hería a la realeza en su pretigio tradicional y casi religioso: Luis XVI había sido ejecutado como un hombre oridnario. La monarquía estaba constituida por derecho divino" (...) (5) "Ya nos hemos lanzado, escribía Lebas, diputado en la Convención, el 20 de enero de 1793, los caminos se han cerrado tras de nosotros; hay que continuar, guste o no nos guste, y es precisamente ahora cuando podemos decir: vivir libres o morir."(6)

La ejecución del rey señaló el triunfo de los Jacobinos en la Convención y marcó el inició del período más radical de la Revolución francesa.

(1) Declaraciones de la Convención el 14 de enero de 1793 en las deliberaciones sobre el juicio al rey. Tomado de Soboul, Albert, "La Revolución francesa", editorial Tecnos, Madrid 1972. Pág. 210.
(2) Pueden ejercer el derecho a elegir representantes en el gobierno ciudadanos activos que pagan determinada contribución.
(3) Sector del clero que no había prestado juramento a la Constitución Civil del Clero establecida por el gobierno revolucionario en agosto de 1790, según la cual el clero juraba su adhesión al nuevo régimen civil. que supeditaba la Iglesia al Estado.
(4) Todos los hombres pueden elegir representantes a la Convención. No se establecen categorías de ciudadanos, pero se excluye a las mujeres.
(5) Tomado de Soboul, Albert, "La Revolución francesa", editorial Tecnos, Madrid 1972. Pág. 210-211.
(6) Idem. Pág. 211.